fixros.com Legal VERI*FACTU

Ley antifraude · VERI*FACTU

Declaración responsable

Del sistema informático de facturación FixrOS, conforme al artículo 13 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 1007/2023 y al artículo 15 de la Orden HAC/1177/2024.

FixrOSsistema informático
FXcódigo identificador
1.0versión declarada
6 oct. 2026fecha de suscripción
VERI*FACTU opcional Remisión inmediata a la AEAT Huella encadenada SHA-256 Código QR en cada factura registrada Certificado del propio obligado

Portal Contable contabilidad.fixros.com

Facturación de empresas y autónomos. Cada obligado incorpora su propio certificado digital y con él se remiten sus registros.

Dashboard de administración de fincas dashboard.fixros.com

Facturación de las comunidades de propietarios. El administrador incorpora el certificado digital de cada comunidad y con él se remiten sus registros.

DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL SISTEMA INFORMÁTICO DE FACTURACIÓN FixrOS

1.a) Nombre del sistema informático:

FixrOS

1.b) Código identificador del sistema informático:

FX

1.c) Identificador completo de la versión del sistema informático:

1.0

1.d) Componentes, hardware y software, de que consta el sistema informático, breve descripción de lo que hace y de sus principales funcionalidades:

FixrOS es el sistema operativo de la propiedad horizontal: una plataforma de software impulsada con inteligencia artificial para la gestión de comunidades de propietarios y de la contabilidad de empresas y autónomos. De sus aplicaciones, dos expiden facturas y constituyen el sistema informático de facturación objeto de esta declaración: el Dashboard (dashboard.fixros.com), en el que las comunidades de propietarios expiden sus facturas con su propio certificado electrónico, y el Portal Contable (contabilidad.fixros.com), en el que las empresas y los autónomos que se dan de alta para llevar su contabilidad pueden expedir sus facturas. La inteligencia artificial no interviene en la expedición de facturas ni en la generación, el encadenamiento o la remisión de los registros de facturación.

El sistema se presta íntegramente en régimen de servicio en la nube (SaaS), accesible mediante navegador web a través de una conexión cifrada, sin componente que deba instalarse en el equipo del usuario y sin hardware específico por parte del obligado tributario.

Componentes de que consta el sistema:

  • Aplicación web (front-end): captura de los datos de facturación, expedición y consulta de facturas, consulta del registro de facturación y del registro de eventos, descarga y exportación de la información.
  • Servidor de aplicación (back-end): lógica de facturación, generación de los registros de facturación de alta y de anulación, cálculo de la huella o “hash”, encadenamiento de registros y generación del código “QR” tributario.
  • Base de datos: almacenamiento transaccional y persistente de las facturas, de los registros de facturación, de su encadenamiento y del registro de eventos, con inalterabilidad garantizada por el propio gestor de base de datos.
  • Componente de remisión a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de producción íntegramente propia de FixrOS, S.L.: remisión electrónica, continuada, segura, automática, consecutiva e instantánea de los registros de facturación y conservación de las respuestas recibidas.
  • Alojamiento en servidores gestionados por FixrOS, S.L., ubicados en territorio de la Unión Europea.
  • Principales funcionalidades: expedición de facturas completas y rectificativas; generación automática del registro de facturación de alta de forma simultánea a la expedición de cada factura, para los obligados que tienen activada la modalidad “VERI*FACTU”; generación del registro de facturación de anulación; encadenamiento de los registros mediante huella; incorporación a la factura del código “QR” y de la mención “Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT” o “VERI*FACTU”; remisión inmediata de los registros a la Agencia Tributaria; consulta, descarga y exportación de los registros de facturación y del registro de eventos.
  • Superficies de uso: el sistema se ofrece en dos superficies que aplican las mismas reglas y una librería común de facturación, registro y remisión: el Portal Contable (contabilidad.fixros.com), para la facturación de empresas y autónomos, y el Dashboard (dashboard.fixros.com), para la facturación de las comunidades de propietarios administradas. El sistema permite gestionar de forma independiente varias facturaciones dentro de él, cumpliendo separadamente para cada una con la normativa mencionada en el apartado 1.k), como si se tratara de sistemas informáticos de facturación distintos.

1.e) Indicación de si el sistema informático se ha producido de tal manera que, a los efectos de cumplir con el Reglamento, solo pueda funcionar exclusivamente como “VERI*FACTU”:

S (Sí), en el sentido de este apartado: la única modalidad del Reglamento disponible en el sistema es “VERI*FACTU”; no existe en el producto la modalidad “NO VERI*FACTU” (registros de facturación firmados y conservados sin remitir).

El uso de “VERI*FACTU” es opcional para cada obligado tributario, que lo activa en los ajustes de su Portal Contable o, en el caso de una comunidad de propietarios, en los ajustes de contabilidad del Dashboard, incorporando su certificado electrónico. Hasta que lo activa, el sistema no genera registros de facturación ni incorpora a las facturas el código “QR” tributario ni la mención “VERI*FACTU”. La activación puede deshacerse desde el producto únicamente mientras el obligado no tenga ningún registro de facturación generado; desde el primero, la modalidad “VERI*FACTU” no puede abandonarse y la base de datos lo impide.

Una vez activada, y mientras lo esté, el sistema genera el registro de facturación de forma simultánea a la expedición de cada factura y remite a la Agencia Estatal de Administración Tributaria la totalidad de los registros que genera, de forma automática e inmediata a su generación y sin intervención ni decisión del usuario.

1.f) Indicación de si el sistema informático permite ser usado por varios obligados tributarios o por un mismo usuario para dar soporte a la facturación de varios obligados tributarios:

S (Sí).

El sistema es multiusuario y multiobligado tributario: mantiene separada e independiente la información de cada obligado tributario, con cadenas de registros de facturación y numeraciones propias por cada uno de ellos, de acuerdo con el apartado 2.6 del anexo de la Orden HAC/1177/2024.

1.g) Tipos de firma utilizados para firmar los registros de facturación y de evento en el caso de que el sistema informático no sea utilizado como “VERI*FACTU”:

No aplicable. Al tratarse de un sistema que, a los efectos del Reglamento, solo funciona como “VERI*FACTU”, los registros de facturación no se firman de forma expresa: quedan firmados al ser remitidos correctamente a los servicios electrónicos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria con la debida autenticación.

La remisión se efectúa con el certificado electrónico cualificado del propio obligado tributario, que este incorpora al sistema: la empresa o el autónomo en el Portal Contable, y la comunidad de propietarios en el Dashboard, incorporado por su administrador. FixrOS, S.L. utiliza su propio certificado únicamente para remitir los registros de las facturas que ella misma expide como obligado tributario, en el Portal Contable y en las mismas condiciones que cualquier otro usuario. No remite con su certificado registros de facturas de otros obligados tributarios ni actúa como colaborador social.

1.h) Razón social de la entidad productora:

FixrOS, S.L.

1.i) Número de identificación fiscal (NIF) de la entidad productora:

B88755780

1.j) Dirección postal completa de contacto de la entidad productora:

Calle Núñez de Balboa, 120, 28006 Madrid (Madrid), España

1.k) Declaración de cumplimiento normativo:

La entidad productora del sistema informático a que se refiere esta declaración responsable hace constar que dicho sistema informático, en la versión indicada en ella, cumple con lo dispuesto en el artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, en la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, y en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria para todo aquello que complete las especificaciones de dicha orden.

1.l) Fecha y lugar de suscripción:

6 de octubre de 2026, Madrid, España.

ANEXO

2.a) Otras formas de contacto con la entidad productora:

  • Correo electrónico: soporte@fixros.com
  • Teléfono: +34 910 789 018

2.b) Direcciones de internet de la entidad productora:

  • https://www.fixros.com
  • https://www.fixros.com/declaracion (información sobre el producto e histórico de declaraciones responsables)

2.c) Forma en que el sistema informático cumple las especificaciones técnicas y funcionales de la Orden HAC/1177/2024 y de la sede electrónica de la Agencia Tributaria:

  • Integridad, inalterabilidad, trazabilidad, conservación, accesibilidad y legibilidad: cada registro de facturación lleva la huella “hash” calculada en su generación con el algoritmo y el formato exigidos; la factura y su registro se consolidan en una única unidad transaccional; los registros no pueden editarse ni borrarse desde ninguna función del sistema, y la base de datos rechaza cualquier alteración del contenido de los registros de facturación y del registro de eventos, del contenido fiscal de las facturas ya expedidas y del NIF del emisor una vez que ha expedido facturas; cada registro encadena con el anterior de la misma cadena y el sistema verifica la cadena, registrando y avisando de cualquier anomalía; los registros, las respuestas de la Agencia Tributaria y el registro de eventos se conservan durante el plazo legal, son consultables desde el propio sistema y se exportan en el formato oficial; el acceso a la información con trascendencia tributaria está disociado del acceso al resto de la información mediante un permiso de solo lectura fiscal.
  • Remisión automática e inmediata con reintentos: la totalidad de los registros de facturación se remite a la Agencia Estatal de Administración Tributaria de forma continuada, automática, consecutiva e instantánea, agrupada por obligado y respetando el tiempo de espera indicado por la Agencia; ante una indisponibilidad del servicio, el registro se conserva en cola sin alterar su huella ni su posición en la cadena, se reintenta automáticamente, se anota la incidencia en el registro de eventos y el primer envío posterior la comunica a la Agencia Tributaria.
  • Código “QR” y mención: cada factura incorpora el código “QR” tributario con el contenido, tamaño (entre 30 y 40 mm) y ubicación exigidos, y la mención “Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT” o “VERI*FACTU”, únicamente cuando existe el correspondiente registro de facturación.
  • Aislamiento por obligado tributario: cada obligado dispone de su propia cadena de registros, su propio número de instalación, su propio certificado electrónico para la remisión y su propio registro de eventos, sin que la información de un obligado sea accesible desde otro; un mismo NIF solo puede tener activada la modalidad “VERI*FACTU” en una de las dos superficies.

HISTÓRICO DE DECLARACIONES RESPONSABLES

VersiónFecha de suscripciónResumen
1.0 6 de octubre de 2026 Primera versión del sistema informático de facturación “FixrOS” (código FX): Portal Contable y Dashboard con las mismas reglas y una librería común de facturación, registro y remisión, “VERI*FACTU” opcional para cada obligado tributario e irreversible desde su primer registro de facturación; sin modalidad “NO VERI*FACTU”; multiobligado.